Aunque la cifra ha aumentado en los últimos años, el hecho de que el 71% de los hoteles carezca de las medidas necesarias para atender con éxito una posible parada cardíaca repentina entre sus huéspedes o trabajadores, sitúa a nuestro país muy por detrás de la media europea a este respecto. Además, según el citado estudio, en el 8% de los hoteles entrevistados se ha producido un accidente cardíaco de gravedad.
La legislación española actual no ayuda a avanzar en este sentido. Sólo Canarias regula de manera específica la obligatoriedad de disponer de desfibriladores en los hoteles con más de 1.000 plazas.
Son pocas las comunidades, además de Canarias, que han desarrollado una normativa propia en materia de cardioprotección: Euskadi, Cataluña y Andalucía. En ellas, la necesidad de que los establecimientos turísticos estén equipados con esta tecnología salvavidas se engloba en las disposiciones generales respecto a lugares públicos: aforo igual o superior a 5.000 personas en el caso de Andalucía y Cataluña y de 700 personas en Euskadi.
Los desfibriladores semiautomáticos (DESA) son capaces de revertir una situación de parada cardiorespiratoria, también llamada muerte súbita, ya que si esta se produce disponemos de un plazo máximo de 5 minutos para asistir a la víctima con garantías de éxito. Además, por cada minuto que se pierde, desciende un 10 por 100 la probabilidad de supervivencia y aumenta el riesgo de padecer secuelas.